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Por su
parte, la Ley Canaria del Deporte recoge en su artículo 70.1 que “La
Junta Canaria de Garantías Electorales del Deporte, adscrita
orgánicamente al departamento competente en materia de deporte, velará,
con total independencia, de forma inmediata y en última instancia
administrativa, por la adecuación a Derecho de los procesos electorales
y mociones de censura de los órganos de las federaciones deportivas
canarias”, mientras que el artículo 70.2 establece que “Las
resoluciones de la Junta Canaria de Garantías Electorales del Deporte
agotarán la vía administrativa y podrán ser objeto de recurso ante la
jurisdicción contencioso-administrativa”.
La Junta
Canaria de Garantías Electorales del Deporte, que está integrada por
siete licenciados en Derecho, debe estar asistida por un secretario, que
tiene que ser licenciado en Derecho y designado entre los funcionarios
de la Administración pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.
El
anterior secretario de la Junta Canaria de Garantías Electorales del
Deporte fue cesado en marzo de 2010 y desde entonces el órgano no ha
funcionado, por lo que la indefensión en la que quedan las Federaciones
Deportivas Canarias es enorme, y más en un año –el 2010- en el que han
tenido lugar las elecciones para la renovación de los órganos de
representación y gobierno en las Federaciones Canarias.
Varias
son las Federaciones Deportivas Canarias que tienen asuntos pendientes
ante la Junta Canaria de Garantías Electorales, sin que desde la
Dirección General de Deportes ni desde la Consejería de Educación,
Universidades, Cultura y Deportes se hayan dado explicaciones de por qué
no se nombra un nuevo secretario de la Junta de Garantías Electorales.
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